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PROYECTO DE EDUCACIÓN VIAL





TEMA: CONTRATO DE SEGURO

Según el artículo 1036 el seguro es un contrato consensual, bilateral, oneroso, aleatorio y de ejecución sucesiva. 

Partes del contrato

  1. EL ASEGURADOR: El la persona jurídica que asume los riesgos, debidamente autorizada para ello con arreglo a las leyes y reglamentos. 
  2. EL TOMADOR: Es la persona que obrando por cuenta propia o ajena traslada los riesgos. 

Seguro obligatorio de accidentes de transito (SOAT)

El SOAT es un seguro obligatorio establecido por ley con un fin netamente social. Su objetivo es la atención, de manera inmediata e incondicional, de las víctimas de accidentes de transito que sufren lesiones corporales y muerte.

¿Quiénes deben tener el SOAT?

Según la ley el SOAT lo deben tener todos los vehículos automotores y motocicletas que circulen en el territorio nacional. 

¿Qué vigencia tiene el SOAT?

Normalmente el SOAT tiene una vigencia de un año, al cabo del cual debe ser renovado. 

¿Quién vigila en Colombia el SOAT?

Su portabilidad es vigilada por las autoridades de transito nacionales, departamentales o municipales, según sea el caso a través de las oficinas de transito y transporte respectivas. 
Para su correcto funcionamiento están vigilados además por la superintendencia de puertos y transportes, la superintendencia financiera y la superintendencia de industria y comercio. 

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